Organización para el Desarrollo Sustentable

CONOCE MAS SOBRE EL ACUERDO DE PARIS. LA IMPORTANCIA DEL ARTICULO 6

El Acuerdo de Paris marco un antes y un después en la historia de la lucha contra el cambio climático, fue un hecho transcendental para la unificación de esfuerzos en la transformación de hábitos y costumbres de un mundo que venía con un ritmo de exigencia al planeta por la industrialización y los procesos de producción sin devolver al mismo ritmo lo que se extraía y se consumía. Esto genero impactos negativos en un muy corto plazo que afecto al calentamiento global y el aumento de la temperatura general. Queremos contarte la importancia de este acuerdo, y específicamente el articulo 6.

El 12 diciembre de 2015, en la COP21 de París, las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático lograron un pacto histórico en la lucha contra el cambio climático para acelerar e intensificar las acciones e inversiones destinadas a construir un futuro sostenible con bajas emisiones de carbono. Este acuerdo agrupa a todos los países en una causa común: realizar los esfuerzos necesarios para revertir el curso actual del calentamiento global.

El Acuerdo de París entró en vigor el 4 de noviembre de 2016. Los científicos, a través de los reportes del IPCC, dejaron en claro que será necesario un gran cambio productivo y cultural para reducir el calentamiento global y evitar la ocurrencia de daños catastróficos e irreversibles. En esta línea, el Acuerdo de París, en su artículo N° 2, hace un llamado para “mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2°C con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5°C, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del cambio climático”.

Debido a la urgencia por tomar acciones globales para enfrentar al cambio climático, todas las Partes deben hacer todo lo que esté a su alcance e informar periódicamente sobre sus emisiones, sus esfuerzos de aplicación y actualizar sus NDC. En este sentido, el artículo nº 4 del Acuerdo, invita también a “todas las Partes a esforzarse por formular y comunicar estrategias a largo plazo para un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, tomando en consideración sus responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus circunstancias nacionales”.

Argentina ratificó el Acuerdo de París en el año 2016 a través de la Ley nº. 27270 y para cumplir con los compromisos asumidos presenta regularmente sus inventarios y sus Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional.

El Artículo 6 del Acuerdo de París es especialmente significativo, ya que aborda los mecanismos de mercado y la cooperación internacional para lograr los objetivos del acuerdo. El Artículo 6 establece un marco para dos enfoques clave: el Mecanismo de Desarrollo Sostenible (SDM) y el Enfoque Cooperativo Voluntario.

Mecanismo de Desarrollo Sostenible (SDM)

Este mecanismo permite a los países participantes colaborar en proyectos que generen reducciones de emisiones o aumenten la absorción de gases de efecto invernadero. Estos proyectos pueden tener lugar en países desarrollados o en desarrollo. El SDM tiene como objetivo facilitar el logro de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC, por sus siglas en inglés) de los países, que son los compromisos individuales que cada nación asume para contribuir a la reducción de emisiones.

Enfoque Cooperativo Voluntario

El Artículo 6 también establece un marco para un enfoque más amplio de cooperación entre países. Esto podría incluir la implementación de actividades de mitigación y adaptación, así como la promoción de prácticas sostenibles. Los países pueden colaborar de manera voluntaria en la implementación de sus NDC, intercambiando experiencias, tecnologías y recursos financieros.

Es crucial destacar que el Artículo 6 busca garantizar la integridad ambiental, evitando la doble contabilización de las reducciones de emisiones y asegurando que los beneficios climáticos sean reales y adicionales. Además, el Acuerdo de París enfatiza la importancia de la equidad y la justicia social en la implementación de sus disposiciones, reconociendo las responsabilidades comunes pero diferenciadas de los países en función de sus capacidades y circunstancias específicas.

Te invitamos a seguir visitando nuestra página web, para conocer la importancia de este y muchos otros acuerdos que se firmaron para conseguir la disminución de la contaminación ambiental, le emisión de gases que afectan la atmosfera y generan el calentamiento global que hoy vemos diariamente, es crucial conocer esto para poder seguir los reportes e informes de cada país para la lograr el objetivo de nuestra Agenda 2030.

Déjanos tu comentario sobre que te pareció esta nota!!

2 comentarios

  1. Gaby Lazarte dice:

    Así como lo establece el artículo 6 garantizar la integridad ambiental, es fundamental que la sociedad civil se comprometa, con acciones día a día para alcanzar la agenda 2030.

  2. Gisell dice:

    Que nuestro pais se halla unido a este acuerdo de parís implica avanzar e impulsar el desarrollo sostenible de nuestra region.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *