Organización para el Desarrollo Sustentable

Que es la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

La CMNUCC es un tratado internacional adoptado en 1992 durante la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro, Brasil. Su objetivo principal es abordar el cambio climático a nivel global y coordinar acciones entre los países para mitigar sus efectos y adaptarse a ellos. Muchas veces vimos citada en artículos a la Convencion Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico conocida como CMNUCC. Hoy te vamos a contar de que se trata esta convención y sus principales objetivos y de que forma se perfila como una de las principales convenciones implicadas en el cumplimiento de la Agenda 2030, con las principales acciones que los líderes mundiales y los países deben seguir y poner en funcionamiento por un mundo más justo, pacífico y sostenible para todos.

La CMNUCC establece un marco general para abordar el cambio climático a través de la cooperación internacional. Reconoce que el cambio climático es un problema ambiental, económico y social que requiere una respuesta global coordinada.

Los principales principios de la Convención incluyen:

Responsabilidades comunes pero diferenciadas:

Reconoce que los países tienen responsabilidades comunes en la lucha contra el cambio climático, pero reconoce que los países desarrollados tienen una responsabilidad histórica mayor debido a su contribución histórica a las emisiones de gases de efecto invernadero y su mayor capacidad para abordar el problema.

Principio de precaución:

Reconoce la necesidad de tomar medidas para prevenir daños graves o irreversibles, incluso en ausencia de certeza científica completa.

Acceso a la tecnología y transferencia de conocimiento:

Reconoce la importancia de la cooperación internacional para promover el acceso a tecnologías limpias y la transferencia de conocimientos en países en desarrollo para ayudarles a enfrentar el cambio climático.

Estableció un proceso anual de conferencias conocidas como Conferencias de las Partes (COP), en las que los países discuten y negocian acuerdos sobre acciones para abordar el cambio climático. El Acuerdo de París de 2015 es un resultado importante de la CMNUCC, en el que los países acordaron limitar el aumento de la temperatura global por debajo de 2 grados Celsius por encima de los niveles preindustriales, y se esforzarán por limitarlo a 1.5 grados Celsius.

Entre los países latinoamericanos que forman parte encontramos: Uruguay, Argentina, Venezuela, Paraguay, Mexico, Colombia, Brasil, Chile. Estos son algunos países de los 33, que aúnan esfuerzos intergubernamentales para luchar contra el cambio climático y cumplir con la agenda 2030.

El convenio es muy extenso pero podemos destacar algunos artículos muy interesantes:

Acceso a la información (artículos 6.a.ii y 12.10)

Las partes promoverán y facilitarán, en el plano nacional, y según proceda, en los planos subregional y regional, el acceso del público a la información sobre el cambio climático y sus efectos.

Con sujeción de párrafo 9, y sin perjuicio de la facultad de cualquiera de las Partes de hacer pública su comunicación en cualquier momento, la secretaria hará públicas las comunicaciones de las Partes relacionadas con la aplicación de la convención con arreglo al artículo 12, en el momento en que sean presentadas a la conferencia de las Partes.

Intercambio de Información y establecimiento de registros de emisiones (artículo 4)

Todas las Partes, teniendo en cuenta sus responsabilidades comunes pero diferenciadas, deberán elaborar, actualizar periódicamente, publicar y facilitar a la Conferencia de las Partes, inventarios nacionales de las emisiones antropógenas; y formular, aplicar, publicar y actualizar programas nacionales y, según proceda, regionales que contengan medidas orientadas a mitigar el cambio climático. Deberán asimismo, promover y apoyar con su cooperación el intercambio pleno, abierto y oportuno de la información pertinente de orden científico, tecnológico, técnico, socioeconómico y jurídico sobre el sistema climático, y sobre las consecuencias económicas y sociales de las distintas estrategias de respuesta.

Participación del público (artículos 4.i y 6.a.iii)

Todas las partes promoverán y facilitarán la participación del público en el estudio del cambio climático y sus efectos y en la elaboración de las respuestas adecuadas. Las Partes deberán también estimular la participación más amplia posible, incluida la de las organizaciones no gubernamentales, en la educación, la capacitación y la sensibilización del público respecto del cambio climático.

Educación ambiental y sensibilización del público (artículos 4.i y 6)

Las partes promoverán y facilitarán la elaboración y aplicación de programas de educación y sensibilización del público sobre el cambio climático y sus efectos y la formación de personal científico, técnico y directivo.

Destacamos esta convención como una de las más convocantes y auspiciosas en función del cumplimiento de la Agenda 2030 que se realiza cada año con el fin de reducir el impacto que tienen los combustibles fósiles en nuestro planeta. La CMNUCC establece que, en virtud del compromiso que asumieron los países desarrollados y menos desarrollados, es esencial formar alianzas estratégicas, sólidas y de coparticipación, la lucha para mitigar los efectos negativos de la actividad humana en el medioambiente es algo que se debe realizar colectivamente, generando consciencia, responsabilidad con el medioambiente y el respeto por las generación futuras. Tenemos un solo planeta, es nuestra casa y debemos cuidarlo. Sin duda este tipo de convenciones generan un impacto muy positivo mundialmente, al llevar a las principales mesas de discusión las acciones a resolver y realizar para la consecución de la Agenda 2030 para no dejar a nadie atrás.

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