Organización para el Desarrollo Sustentable

Derechos Humanos: ¿Conocés su vinculación con los ODS?

Derechos para la libertad, dignidad e igualdad de todas las personas. Este 10 de Diciembre te invitamos a reflexionar acerca de los Derechos Humanos y su vinculación con los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Esto se remonta a la década del 40 cuando en la Tercera Asamblea General de las Naciones Unidas se adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos el 10 de diciembre de 1948 en París donde de los 56 miembros ninguno voto en contra, pero Sudáfrica, Arabia Saudita y la Unión Soviética se abstuvieron.
Difundiendo sus principios como un ideal común para todos los pueblos y naciones, se proclamó un histórico documento como respuesta a todos los actos aberrantes que se cometieron en la Segunda Guerra Mundial.

Un comité de redacción comenzó a elaborarlo en 1946 con representantes de diversos países de todas las regiones y de su diversidad de contextos religiosos, políticos y culturales, después sumaron sus aportes los miembros de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y finalmente fue adoptada por la Asamblea General en 1948.

Es un documento que sirve de plan de acción global para la libertad y la igualdad protegiendo los derechos de todas las personas en todos los lugares. Fue la primera vez que los países acordaron las libertades y derechos que merecen protección universal para que todas las personas vivan su vida en libertad, igualdad y dignidad.

La Declaración contiene 30 derechos, los derechos son de todas las personas que nadie nos puede quitar, siguen siendo la base del derecho internacional de los derechos humanos y actualmente es un documento vivo, siendo el documento más traducido del mundo y disponible en más de 500 idiomas.

Los derechos humanos se describen a través de una declaración universal que cuenta con 30 artículos, a continuación te contamos cuáles son algunos de los que más se destacan.

Artículo 1:

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2:

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Artículo 3:

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4:

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5:

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6:

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7:

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8:

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9:

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10:

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país.

Tomando como base la Declaración se han desarrollado numerosos tratados de Derechos Humanos y se convirtió en una clara referencia para normas universales de derechos humanos que deben promoverse y protegerse en todos los países.

La Declaración Universal de Derechos Humanos tiene jerarquía constitucional en la Argentina a partir de 1994 con su inclusión en el artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional.

En este día desde la Organización para el Desarrollo Sustentable queremos renovar el espíritu de lucha para movilizarnos contra persistentes desafíos como la desigualdad, la pobreza, la exclusión, la violencia y la discriminación.

En el caso de nuestro país Argentina suscribió desde 1948 a la Declaración Universal, pero con la llegada de la dictadura militar  dejaron de lado lo establecido en esta declaración y las juntas militares que gobernaron entre los años 1976 y 1983 produjo innumerables violaciones a los derechos humanos.
Alrededor de 30.000 personas fueron “desaparecidas”, secuestradas, torturadas y asesinadas, sin que nunca se supiera su paradero.

En el año 1983, con el retorno de la democracia, se creó la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas. Ellos investigaron lo que había sucedido durante esa etapa de gobiernos militares, tal informe fue publicado como “Nunca más”.

Los responsables por los delitos durante el gobierno de facto fueron llevados a juicio y condenados. Años más tarde recibieron los beneficios de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida, y finalmente el indulto.

Pero fue recién en 1994 que se  incorporó a la Constitución Nacional en su art. 75 inciso 22. Esto significa que en nuestro país los tratados sobre derechos humanos tienen la misma fuerza que nuestra constitución la cual es ley suprema de la nación.

Es decir que ningún poder del estado puede dejar de lado los derechos humanos, es más si hay una controversia entre una ley nacional y uno de los derechos reconocidos como derechos humanos. Priman estos últimos.

Nuestra Organización para el Desarrollo Sustentable tiene relación directa con los derechos humanos. El Secretario General de las Naciones Unidas ha señalado que: “los derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo, son el núcleo de la Agenda 2030”; mientras que, visto a la inversa, la Agenda 2030 proporciona a los Estados “una plataforma ideal para demostrar su compromiso con todos los derechos humanos”. Son las naciones unidas, la que establecen nuestra Agenda con los 17 Objetivos con el fin de que se cumpla en todo el mundo lo establecido en esa comisión.

De allí la importancia de nuestras metas y objetivos para todo el mundo.  Te invitamos a que conozcas lo que defendemos, a que te sumes, a que trabajes junto a nosotros para garantizar los derechos humanos en el mundo. Para que nadie quede atrás

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